Apartamentos en Barcelona y Sevilla

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CONDICIONES Generales

De la sociedad de responsabilidad limitada GLASAJA S.L. (en adelante GLASAJA) con domicilio social en Barcelona, carrer Carme 40, Principal 1ª, debidamente registrada en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 33376, Folio 0206, Hoja 231407, Inscripción 1ª.

ARTICULO.-1 DEFINICIONES.-

Los términos utilizados en estas Condiciones Generales tendrán la siguiente significación: Usuario: Persona natural o jurídica que, previa contraprestación económica, hace uso, por un período de 3 a 60 noches, como máximo, del alojamiento seleccionado entre los ofertados por GLASAJA en su labor de intermediación. Tendrán la consideración de usuarios, tanto la persona física que curse la reserva como las otras personas, físicas o jurídicas, en nombre de las cuales reserve y contrate el alojamiento de que se trate. Oferente: Persona natural o jurídica propietaria del alojamiento que, por intermediación de GLASAJA, se ofrece al usuario para su uso temporal. Alojamiento: inmueble que se ofrece en condiciones de ser ocupado inmediatamente por el usuario, previo pago, para una estancia por días, semanas o meses, siendo el período mínimo 3 noches y el máximo 60 noches. Contrato: comunicación de GLASAJA al usuario remitida por e-mail, cuyo contenido mínimo será el siguiente: a) confirmación del primer pago comprensivo del 25% del coste total de la estancia más 20.-EUR de gastos de reserva, más el 16% de IVA; b) confirmación definitiva de la reserva del alojamiento, facilitando su dirección exacta e instrucciones de cómo llegar; c) datos personales del usuario (nombre, apellidos, dirección postal, teléfonos, i.d., etc.) y d) demás información adicional que se considere necesaria y relevante para el usuario.

ARTICULO 2.- AMBITO DE APLICACIÓN.-

2.1.- Las presentes condiciones generales serán parte integrante de todos los contratos en que intervenga GLASAJA, constituyendo su base fundamental y la de las ofertas y servicios propios de la actividad de GLASAJA.
2.2.- Caso de resultar nulo alguno de los pactos particulares convenidos entre las partes, el resto del contrato seguirá en vigor y surtirá plenos efectos, aplicándose, en ese caso, con carácter supletorio las presentes condiciones generales al apartado anulado, en tanto que las partes formulen una nueva cláusula acorde con la legalidad vigente en cada momento.

ARTICULO 3.- REALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-

3.1.- Sólo será válido y producirá plenos y recíprocos efectos el contrato formalizado por escrito, no siendo vinculantes las conversaciones mantenidas entre las partes con carácter previo a su suscripción.
3.2.- El contrato se entenderá formalizado en el momento en que GLASAJA confirme por escrito la reserva. Con dicha confirmación se extenderá la correspondiente factura, cuya base estará integrada por los gastos de reserva más una cantidad pagada a cuenta por el Usuario, equivalente al 25% del total importe de la reserva. GLASAJA dará traslado, automáticamente, del contrato formalizado al oferente.
3.3.- La formalización de un contrato de reserva de alojamiento por un usuario en nombre propio y de otras personas, físicas o jurídicas, o sólo en beneficio de éstas, convierte a todas ellas en responsables solidarias de todas las obligaciones derivadas del mismo.
3.4.- El usuario deberá facilitar, dentro del plazo que sea requerido para ello, todos los datos personales y bancarios que solicite GLASAJA, para la formalización del contrato, así como todos aquellos que el propio usuario considere necesarios. En su defecto, GLASAJA estará legitimada para suspender la conclusión del contrato y/o facturarle al usuario los gastos adicionales dimanantes del retraso sufrido de acuerdo con las tarifas usuales.

ARTICULO 4.- PRECIOS.-

4.1.- Todos los precios facilitados por GLASAJA incluyen el IVA salvo indicación en contrario.
4.2.- Formalizado un contrato, además de la suma a pagar por el usuario a cuenta del total importe del alojamiento, GLASAJA facturará una cantidad fija en concepto de gastos de reserva por contrato, cuyo importe consta especificado en la lista de precios.

ARTICULO 5.- PAGO Y MORA.-

5.1.- El usuario deberá pagar a GLASAJA los gastos de reserva y la primera cuota del valor de estancia, con su repercusión fiscal correspondiente, mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria a la cuenta facilitada por GLASAJA. Caso que el usuario optara por el pago mediante transferencia bancaria, éste deberá de remitir por fax a GLASAJA el comprobante del ingreso o transferencia dentro del tiempo acordado. La factura en euros la emite el sistema en el mismo instante del pago y será remitida por correo postal al usuario a la dirección que éste indique. GLASAJA sólo garantizará las reservas del alojamiento elegido y por el período solicitado, desde que el usuario haga efectivo el pago de la factura que, como ya se ha dicho, comprende los gastos de reserva y la primera cuota del valor de la estancia, más el IVA correspondiente. Una vez recibida dicha cantidad, GLASAJA mandara al usuario la confirmación de reserva y cualquier otra información que considere relevante a la dirección facilitada por aquél.
5.2.- El coste restante de la estancia contratada lo pagará el usuario, directamente, al oferente, en euros, contra entrega de las llaves de acceso al alojamiento contratado y, en cualquier caso, siempre antes de las 24 horas siguientes a su llegada al citado alojamiento.
5.3.- El usuario incurrirá en MORA cuando no cumpla, en su totalidad, las obligaciones asumidas frente a GLASAJA y frente al oferente derivadas del contrato. Desde el momento en que el usuario incurra en mora, el contrato quedará resuelto y dejará de tener efectos. En caso de mora del usuario resultarán de aplicación las disposiciones contenidas en el artículo 6 de estas condiciones generales.
5.4.- En los supuestos de mora, las cantidades pendientes de abonar por parte del usuario, sea a GLASAJA sea al oferente, devengarán un interés mensual del 1%.
5.5. A los efectos del cálculo de los intereses de demora, será día inicial del cómputo el de la fecha de en que el importe adeudado sea exigible, siendo el día final el del completo pago de la cantidad adeudada. A estos mismos efectos, se contabilizarán como meses enteros las fracciones de los mismos, por mínimas que sean.
5.6.- Caso que GLASAJA o el oferente tuvieran que reclamar judicialmente las cantidades adeudadas al usuario, éste asumirá, también el pago de las costas y gastos judiciales que, prudencialmente, se fijan en un 15% de la cantidad que objeto de reclamación judicial, no pudiendo ser inferior, en ningún caso, a 140,00.-EUR, IVA no incluido.

ARTICULO 6.- ANULACION.-

6.1.- La anulación de la reserva podrá ser total o parcial: a) será total la que afecte al íntegro período de estancia contratado y, en cualquier caso, aquella que implique un período de alojamiento inferior a 3 noches; b) será parcial la que afecte sólo a algunas noches del total período de estancia contratado, manteniéndola como mínimo en 3 noches de estancia.
6.2.- La reserva podrá ser anulada por el usuario, con el deber de comunicar uno u otro a la dirección de GLASAJA, las causas que la motivan por escrito y, como mínimo, con 10 días de antelación a la fecha inicial del período de estancia reservado.
6.3.- Será fecha de la anulación de la reserva el día que GLASAJA reciba en su dirección la comunicación escrita de las causas que la motivan.
6.4.- Caso que la comunicación de anulación, sea total o parcial, no cumpla con los requisitos exigidos en los anteriores apartados de este artículo, el contrato seguirá en vigor produciendo plenos efectos,
6.5.- Los usuarios que cursen sus anulaciones, sean parciales o totales, sin cumplir con los requisitos exigidos, tanto de forma como de tiempo, estarán obligados a pagar el total importe de la estancia inicialmente contratada más los costes de reserva.
6.6.- En el caso que sea el oferente el que, parcial o totalmente, anule incorrectamente el período de alojamiento contratado, quedará obligado a pagar a GLASAJA, en concepto de costes de anulación, los gastos de reserva más la primera cuota del alojamiento, cifrada en el 25% del total importe del mismo, así como el IVA correspondiente de ambas cantidades y, GLASAJA devolverá al usuario los importes ya abonados por éste por dichos conceptos.
6.7.- En caso de anulación parcial correcta por parte del usuario, el oferente no tendrá derecho a compensación económica alguna y, únicamente, tendrá derecho a percibir las cantidades correspondientes al período real en que el usuario haya podido hacer uso del alojamiento, descontados los gastos de reserva y la primera cuota del alojamiento que, en todo caso, corresponden a GLASAJA.
6.8.- En lo supuesto en que el usuario curse de forma correcta la anulación total de la reserva, esté adeudará a GLASAJA las cantidades correspondientes a los gastos de reserva y la primera cuota de la estancia inicialmente reservada, equivalente al 25% del total de la reserva, así como las repercusiones fiscales de ambos conceptos. Caso que el usuario hubiera ya liquidado dichos importes, los mismos quedarán a favor de GLASAJA como compensación.
6.9.- Si fuera el oferente quien cursara incorrectamente la anulación total de la reserva, GLASAJA hará todo lo posible por ofrecer al usuario un alojamiento substituto de características similares; Si lo consiguiera, el contrato mantendría su vigencia y produciría plenos efectos. Por el contrario, si le resulta imposible encontrar otro alojamiento equivalente, GLASAJA reembolsará al usuario los costes de reserva y la primera cuota del valor de estancia pagados por el éste.
6.10.- Si el oferente hiciera una anulación incorrecta parcial, GLASAJA le ofrecerá al usuario las siguientes alternativas: a) un alojamiento similar para las noches afectadas por la anulación de la reserva, manteniéndose el resto de noches de acuerdo con el alojamiento inicialmente contratado; b) un nuevo alojamiento de características similares para el total período contratado o, c) el desistimiento de la reserva, con reintegro de las cantidades que hubiera podido hacer efectivas el usuario. Si el usuario optara por alguna de las dos primeras alternativas, las condiciones económicas de la relación contractual no presentarán cambio alguno. Por el contrario, si el usuario cancela la reserva, GLASAJA estará legitimada para reclamar al oferente, en concepto de gastos de cancelación, los gastos de reserva y el 25% del importe total de la primera reserva.

ARTICULO 7.- USO DEL ALOJAMIENTO.-

7.1.- El usuario será diligente en el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato y se compromete a utilizar con prudencia, moderación y decoro el alojamiento contratado y, en cualquier caso, con absoluto respeto del destino pactado.
7.2.- El usuario deberá comunicar, inmediatamente, a GLASAJA eventuales daños, anomalías o desperfectos que aparezcan en el alojamiento o en los bienes muebles que se encuentran en su interior. Caso que los referidos daños o desperfectos le fueran, directa, o indirectamente imputables al/los usuario/s como consecuencia de un uso indebido de los mismos, éstos deberán hacer frente a los costes de la reparación, a cuyo fin estarán obligados a facilitar a GLASAJA los datos bancarios o de su tarjeta de crédito, para que ella pueda practicar el oportuno cargo.
7.3.- Le queda absolutamente prohibida al usuario la subrogación, el subarriendo o la cesión por cualquier título, sea parcial o totalmente, de los derechos derivados del presente contrato.

ARTICULO 8.- RECLAMACIONES.-

8.1.- Los usuarios deberán dirigir por escrito sus reclamaciones sobre las deficiencias que presenten los servicios contratados a la dirección de GLASAJA, en un plazo no superior a 48 horas de producirse aquellas, al objeto de encontrar una solución adecuada y satisfactoria para el usuario.
8.2.- Las reclamaciones a las que GLASAJA no pueda dar una respuesta dentro del período de la estancia a satisfacción del usuario, deberán dirigirse, por escrito, a la dirección de GLASAJA en el plazo del mes siguiente a la estancia. Será imprescindible para que GLASAJA de curso a estas reclamaciones que el usuario indique el período de la instancia y el numero de la reserva.
8.3.- Los oferentes también podrán cursar sus reclamaciones a GLASAJA en las mismas condiciones establecidas en los anteriores apartados de este artículo.
8.4.- GLASAJA dará curso a todas las reclamaciones que reciba, sean de usuarios o de oferentes, comprometiéndose a dar una respuesta a las mismas en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de la reclamación.

ARTICULO 9.- RESPONSABILIDAD.-

9.1.- GLASAJA, únicamente, responderá, tanto ante el usuario como ante el oferente, de los daños y perjuicios ocasionados por los servicios que presta, siempre que no concurran causas de fuerza mayor o caso fortuito.
9.2.-Tampoco responderá GLASAJA de los daños y perjuicios ocasionados por los servicios que presta en caso de culpa o negligencia del usuario.
9.3.- En cualquier caso, la responsabilidad de GLASAJA quedará limitada al importe al que ascienda el período de estancia contratada.
9.4.- GLASAJA no será responsable, en ningún caso, del robo, hurto o extravío de bienes muebles propiedad del usuario que se encuentren en el interior del alojamiento.
9.5.- En caso de culpa o negligencia grave por parte del usuario queda excluida toda responsabilidad, tanto de GLASAJA como del oferente.

ARTICULO 10.- FUERZA MAYOR.-

10.1.- En caso de fuerza mayor quedarán en suspenso las obligaciones asumidas por GLASAJA en virtud del contrato de reserva de alojamiento. En estos casos, si pasados tres días desde la suspensión, persistieran las causas de fuerza mayor que impiden a GLASAJA el cumplimiento de sus obligaciones, ambas partes quedarán legitimadas para resolver el contrato, sin que surja obligación de resarcimiento de los daños y perjuicios para ninguna de las partes afectadas.
10.2.- A estos efectos son causas de fuerza mayor, cualquier circunstancia o situación que se produzca sin la menor influencia o intervención de GLASAJA y sin que, lógicamente, haya podido preverla que le impida cumplir sus obligaciones derivadas de los contratos, de forma temporal o permanente. Se entenderán como tales, entre otras, la guerra, el peligro de guerra, los desórdenes, o las demás perturbaciones del orden público, los incendios, los desastres naturales, las huelgas, las medidas administrativas restrictivas, la falta general de bienes o servicios necesarios para la realización de la obligación convenida, un estancamiento imprevisible por parte de los proveedores o demás terceros de los que depende GLASAJA y los problemas de transporte en general.
10.3.- En aquellos casos en los que, pese a concurrir una situación de fuerza mayor, GLASAJA haya podido cumplir en parte sus obligaciones, o sólo pueda cumplirlas parcialmente, tendrá derecho a facturar la parte efectivamente cumplida o que pueda cumplir y el usuario vendrá obligado a pagar los servicios que parcialmente le han sido prestados.

ARTICULO 11.- CONFLICTOS, DERECHO DE APLICACIÓN Y VENCIMIENTO DE PLAZOS.-

11.1.- El Derecho español será de aplicación y regirá las relaciones contractuales entre GLASAJA y el usuario, entre GLASAJA y el oferente y, entre el usuario y el oferente.
11.2.- Los Juzgados y Tribunales españoles serán los únicos competentes para resolver cualquier conflicto derivados de la interpretación y cumplimiento de los contratos suscritos entre GLASAJA y el usuario, entre GLASAJA y el oferente y, entre el usuario y el oferente. Esta sumisión expresa a los fueros españoles resultará de aplicación, aun cuando el usuario sea extranjero y tenga su domicilio habitual o residencia en un país distinto a España, o alguna disposición de un Tratado Internacional del que España fuera parte atribuyera la competencia al Juez o Tribunal de la nacionalidad, domicilio habitual o residencia del usuario, excepto que así lo hubieran acordado las partes. El Convenio de Viena relativo a la Compraventa no resultará de aplicación a ningún conflicto que pueda surgir entre las partes por razón de estos contratos.
11.3.- Salvo pacto explícito y por escrito en contrario, los derechos de reclamación judicial del usuario, caducarán trascurrido un año desde la producción del evento en que se fundamente la referida reclamación.